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	<title>Economía Argentina y Mundial &#187; AFJP</title>
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		<title>Sistema Integrado Previsional Argentino</title>
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		<pubDate>Mon, 27 Oct 2008 02:49:26 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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			<content:encoded><![CDATA[<p>La presidenta Cristina Fernández de Kirchner anuncio este martes el envío al Congreso de un proyecto de ley por el que se creará el  &#8220;Sistema Integrado Previsional Argentino&#8221; (SIPA), cuyo pilar será el régimen público de reparto que será obligatorio, y eliminará al de capitalización, que de ahora en más será voluntario.<br />
En el proyecto de ley se mencionan antecedentes históricos, y la forma en que se pretende regular de ahora en adelante:<br />
Se enmarca en el articulo 14 BIS de la Constitucion Nacional, en el que se establece que el estado es quien otorga los beneficios de la Seguridad Social en forma integral e irrenunciable. </p>
<p>En 1944 se creo el Consejo Nacional de Prevision Social, que luego en el mencionado articulo 14 BIS, y con las leyes 18.037 y 18.038 construyeron un sistema público y solidario de alcance general.<br />
Dicho sistema sufrió un progresivo deterioro a partir de la década del 70, exigiendo hacia la década del 90 una respuesta del estado, con la cual se implementó la idea del ahorro individual administrado por empresas privadas, Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones.</p>
<p>En la presentación se menciona que en 1993 antes de la implementación de este sistema la tasa de desempleo era del 8,8%, un año despues del 10%, luego del 18% y llegando finalmente con la crisis del 2001 a alcanzar los 25 puntos porcentuales. Y que hoy a vuelto a colocarse debajo del 8% gracias a políticas públicas activas.<br />
Se establece que el sistema no cumplió con los objetivos, la cobertura de la población bajo de un 60% a un 47%.<br />
Con respecto al mercado de capitales, el volumen de fondos administrados por las AFJP es del 19,5% del capital flotante, aproximadamente el 7,8% de las empresas que cotizan en bolsa, sin embargo dicha participación es de tan solo el 5,9% del valor de mercado de dichas acciones.<br />
Las comisiones cobradas por las AFJP eran muy altas al principio y se calculan sobre el sueldo bruto.<br />
Además de que el saldo manejado por las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones se multiplicó antes de la actual crisis global.</p>
<p>Sin embardo gran parte del credito en Argentina es financiado por estas Administradoras, lo que provoca incertidumbre con respecto a la liquidez de estos mercados en los proximos tiempos.</p>
<p>El año pasado se promulgo la ley 26.222, que permitió la libre opción entre regímenes, equipar las tasas de aporte, la prestación por permanencia, y bajó las comisiones de las AFJP al 1%.</p>
<p>Hoy de los 445.000 beneficiarios del regimen de capitalización, el estado concurre en el pago de los mismos en el 77% de los casos, 179.000 jubilados de capitalizacion reciben complementos para que su haber no sea inferior al minimo garantizado, y en 33.000 casos el estado es quien paga la totalidad de sus haberes.</p>
<p>En este proyecto se propone:<br />
Transferir en especie a la ADMINISTRACION NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL (entidad que gozara de autonomía financiera y económica), bajo la supervisióon de una comisión bicameral los recursos que integran las cuentas de capitalización individual de los afiliados al Régimen de Capitalización, los que pasaran a integrar el FONDO DE GARANTIA DE SUSTENTABILIDAD DEL REGIMEN PREVISIONAL PUBLICO DE REPARTO (FGS) creado por el decreto 897/07.</p>
<p>La administración del mencionado fondo quedara a cargo de la ANSES en convenio con el Banco de la Nacion Argentina según el decreto 313/07. Y será asistida por un Comité de Administración de Inversiones, conformado por el director ejecutivo de ANSES, los Secretarios de Finanzas y de Hacienda del Ministerio de Economía y Producción, y titulares de las áreas técnicas sustantivas en la definición de las políticas de administración de los activos financieros del Estado Nacional.</p>
<p>Tanto el gobierno como la oposición están de acuerdo en que el régimen previsional debe ser público.</p>
<p>Pero el debate se plantea en el verdadero impulsor de esta medida.</p>
<p>Los opositores argumentan que el gobierno quiere &#8220;hacer caja&#8221;, manejando este gran fondo de dinero, en un contexto de crisis internacional, pérdida de poder a nivel nacional, y de cara al difícil panorama fiscal que se prevee para el año que viene con la disminución del superávit fiscal y comercial.</p>
<p>La oposición centra sus argumentos en el articulo 4° de este mismo decreto 897/07 donde dice:<br />
&#8220;Los recursos del FGS podrán ser invertidos entre otros instrumentos financieros, en cuentas remuneradas del país o del exterior, o en la adquisición de títulos públicos o valores locales o internacionales de reconocida solvencia, y/o cualquier tipo de inversión habitual en los mercados financieros&#8221;<br />
Dejando un marco de acción muy amplio, que pone en duda el verdadero sentido de este sistema, en un país donde la confianza tanto hacia el estado como hacia el sector privado es muy baja, con toda la razón de serlo.</p>
<p>Por lo pronto solo queda tener fe y estar muy atentos a lo que se prevee, será un largo debate en el congreso.</p>
<p>DIOS GUARDE A VUESTRA HONORABILIDAD </p>
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